AVISO IMPORTANTE!!!

El profesor Carlos Eduardo Herrera M. notifica a los alumnos de las materias Derecho Constitucional General (secciones NP01MOP y NP02NOP) y Derechos y Garantías Constitucionales (secciones NP02NOP y NP01MOP) que por motivo de estar asistiendo al Seminario "Tendencias Mundiales y su impacto en América Latina" en la ciudad de Boston, las clase de los días: viernes 27 de junio, martes 01 y miércoles 02 de julio han sido suspendidas, recuperándolas en fecha posterior. Igualmente la actividad planificada sobre El Amparo Constitucional se suspende hasta nuevo aviso. Las clases de las asignaturas mencionadas se reanudarán el próximo jueves 03 de julio en el horario regular.

10 Comments:

  1. Anónimo said...
    Si tomamos en cuenta como tipologias para modelos de configuracion estadal las tres mas aceptadas;
    1.- Estado unitario(puro o concentrado, asi como desconcentrado o descentralizado):las decisiones estan concentradas en el nivel nacional.Delegando competencias mediante los instrumentos de la desconcentracion o la descentralizacion.
    2.-Estado Autonomico: es aquel Edo` integrado por unidades territoriales con poder politico propio,con capacidad normativa,potestad legislativa,etc; pero lo mas relevante es la razon historica y politica democlratica.
    3.-Estado Federal: es aquel que surge de un pacto entre iguales o entidades politicas soberanas que deciden unirse.
    El mas encaja segun criterio politico y de derecho constitucional es el de proceso autonomico.Pero tenemos que tomar en cuenta la tendencia historica como unidad,de bolivia y se tiene que tener conocimiento previo de su constitucion,que posee un alto porcentaje de tendencia indigena y por ello de leyes ancestrales muy diferentes a cualquier criterio unificado internacional.Es Bolivia una nacion unica desde hace mucho tiempo,no es una nacion integrada por unidades territoriales independientes que puedan tener la pretension de separarse atentando contra la soberania y la seguridad que brinda la unidad.En opinion muy personal,es como si un brazo se quisiera separar de un cuerpo del cual a estado unido desde su nacimiento.
    kharlos ochoa.
    Ely Paredes said...
    Estado Unitario: Todo los poderes están centrado A nivel nacional esto no quiere decir que estos poderes (Administrativos, técnicos, etc.), no puedan delegarse en los estados o municipios.

    Desconcentración: distribución de funciones del gobierno Nacional a los Organismo o Oficinas de los Estados o Municipios. (Seniat, Registros, etc.).

    Descentralización: Trasferencias de poderes y obligaciones del gobierno Nacional, a dependencias administrativas de los Estados ò Municipios. Como las Elecciones de los Alcaldes o Gobernadores, Consejo Legislativo y Regional (estos anteriormente eran nombrados por el Presidente de la Republica), la ventaja de la descentralización, en que se ayuda a la agilización, y la desconcentración, de diligencias que se realizaban con el Gobierno nacional, (Los Institutos Regionales de la Vivienda, Institutos Regionales de Deportes, etc.).

    Autonomía: es el estado integrado por unidades Territoriales (estados y Municipios), con poderes Políticos y administrativos propios, que son reconocidos por el gobierno Nacional o Central, estos a su ves deben de tener la capacidad de generar sus propios Recursos para garantizar su poder Autonómico. (Como lo expresa en el Artículo en España los Estados Autónomos, Cataluña, Galicia y vascos). Pero esta autonomía no debe confundirse con independencia.

    Estado Federado el que esta formado por varios Estados Confederados, que dan inicio a un solo País Federado donde el poder o la distribución de los Poderes, partes de estos son dados de los Estados confederados al gobierno Federal. Es decir que cada Estado Confederado tiene Normativas, diferentes, similares o iguales a sus similares en el área Administrativa, Laboral y Judicial, a cada una de estas son respetadas y reconocidas por el Gobierno Federal
    Anónimo said...
    DECENTRALIZACION AUTONOMICO

    Del análisis del articulo de descentralización autonómico Luis Fernández Egaña interpreto el escritor estimado que fue lo sucedido en lo referendo autonómico llevando acabo de una provincia de Bolivia no constituye una actitud separatista o desmembramiento de la unidad Nacional de la Republica de Bolivia.
    Según el Estado Unitado regidamente puro es centralizado y también existen Estado desconcentrado y descentralizado.
    Las diferencias de los estados Federales y los Estados Centralista están en que los primero concentra todo sus poder de decisión, a nivel de la cúpula que controla el poder Nacional en cambio, en el segundo el Ejercicios del poder a nivel local o estadal; esta limitado a llevar a cabo algunas decisiones o de atender algunos servicios como: vialidad urbana acueducto Educación Básica seguridad y orden publico bajo el Régimen de una constitución Estadal, y una leyes estadales según el escritor la iniciativa de la provincia de Bolivia; de ninguna manera constituye el rompimiento de la unidad Nacional que podría se un peligro de la existencia de Bolivia.(ORLANDO GONZALEZ)
    Anónimo said...
    DECENTRALIZACION AUTONOMICO

    Del análisis del articulo de descentralización autonómico Luis Fernández Egaña interpreto el escritor estimado que fue lo sucedido en lo referendo autonómico llevando acabo de una provincia de Bolivia no constituye una actitud separatista o desmembramiento de la unidad Nacional de la Republica de Bolivia.
    Según el Estado Unitado regidamente puro es centralizado y también existen Estado desconcentrado y descentralizado.
    Las diferencias de los estados Federales y los Estados Centralista están en que los primero concentra todo sus poder de decisión, a nivel de la cúpula que controla el poder Nacional en cambio, en el segundo el Ejercicios del poder a nivel local o estadal; esta limitado a llevar a cabo algunas decisiones o de atender algunos servicios como: vialidad urbana acueducto Educación Básica seguridad y orden publico bajo el Régimen de una constitución Estadal, y una leyes estadales según el escritor la iniciativa de la provincia de Bolivia; de ninguna manera constituye el rompimiento de la unidad Nacional que podría se un peligro de la existencia de Bolivia.
    Anónimo said...
    Mi analisis es que si tomamos en cuenta como tipologias para modelos de configuracion estadal los siguientes esquemas como modelos:
    El Estado unitario(puro o concentrado, asi como desconcentrado o descentralizado):las decisiones estan concentradas en el nivel nacional.Delegando competencias mediante los instrumentos de la desconcentracion o la descentralizacion.
    El Estado Autonomico: es aquel estado integrado por unidades territoriales con poder politico propio con capacidad normativa,potestad legislativa,y muchas otras cosas mas.. pero lo mas relevante es la razon historica y politica democratica.
    El Estado Federal: es aquel que surge de un pacto entre iguales y entidades politicas soberanas que deciden unirse, EL Estado Federado es el que esta formado por varios Estados Confederados que dan inicio a un solo País Federado donde el poder o la distribución de los Poderes, partes de estos son dados de los Estados confederados al gobierno Federal. Es decir que cada Estado Confederado tiene Normativas, diferentes, similares o iguales Las diferencias de los estados Federales y los Estados Centralista están en que los primero concentra todo sus poder de decisión, a nivel de la cúpula que controla el poder Nacional en cambio, en el segundo el Ejercicio del poder a nivel local o estadal; esta limitado a llevar a cabo algunas decisiones o de atender algunos servicios como: vialidad urbana acueducto Educación Básica seguridad y orden publico bajo el Régimen de una constitución Estadal, y una leyes estadales según el escritor la iniciativa de la provincia de Bolivia a sus similares en el área Administrativa, Laboral y Judicial, a cada una de estas son respetadas y reconocidas por el Gobierno Federal.
    Anónimo said...
    Al hacer referencia sobre dicho articulo, es imprescindible destacar que cada una de las unidades políticas y/o gubernamentales requieren de una adecuada organización y estructuración que vaya de manera conjunta con los aspectos socioculturales y políticos de cada Estado, así como también de los intereses que estos tienen en un momento determinado, dentro del referido artículo, específicamente con la polémica situación de Bolivia, sitúa grandes rasgos distintivos con los demás países, brindándole a la ciudadanía una oportunidad de significativa participación dentro del proceso democrático y en lo que difiere que la acción separatista viene dada por motivaciones e ideológicas particulares que se convierten en colectivas, de igual manera la situaciones dentro de los Estados deben estar fundamentadas sobre dicha características donde el poder argumente sólidamente cada una acciones en pro de jerarquizar claramente los roles que deben llevarse a cabo.
    En referencia con la política gubernamental de España, en el cual se torna su autonomía, pero siempre con dependencia central, es válido y por su parte legalmente reconocido, en otro sentido, el Estado Federal, según sus dos vertientes, contradicen categóricamente al Estado Unitario, dado a que permiten delegar funciones de manera directa e indirecta, es decir, desde el poder desconcentrado y el descentralizado, donde se fomente un trabajo conjunto con un enlace entre ellos, mientras que el Estado unitario maneja directa y únicamente su política sólo desde el centro.
    Anónimo said...
    Un Estado maneja políticas individuales, que según los criterios como se rige las políticas de gobiernos, descifran tanto las funciones y atribuciones en un plano general, particular o mixto y que se llevan a cabo por medio de los aspectos de la cotidianidad. Es lo referente a la Descentralización, Autonomía y Separatismo de la referente columna, se toman varias tipologías que indudablemente describen las diversas formas como se desarrollan las políticas de gobierno, citando en primer orden la del Estado Unitario, sea puro o rígido, desconcentrado y descentralizado, es decir, desde la estructura central del Estado, o sea, desde el poder central, también dentro de este la transferencia de ciertas atribuciones dadas por la descentralización de ciertas dependencias a nivel regional o municipal. En lo que al Estado Autonómico se refiere, en este España es el interprete debido a las potestades que cada una de las partes constituyentes del referido Estado tienen en el carácter legislativa, financiera, es decir, autonomía para sus autogestiones y por último el del Estado Federal, donde enfatizan que varias partes federadas constituyen conjuntamente con un todo, a través de la su propia identidad.
    De tal manera que la disposición separatista tiende a canalizar situaciones siempre que se tipifiquen el rango político, jurídico, en razón de los principios y valores morales y de distintiva identidad.
    Anónimo said...
    Por FREDDY ARAUJO: Sobre el análisis del articulo de descentralización autonómico Luis Fernández Egaña interpreto el escritor estimado que fue lo sucedido en lo referendo autonómico llevando acabo de una provincia de Bolivia no constituye una actitud separatista o desmembramiento de la unidad Nacional de la Republica de Bolivia.
    Según el Estado Unitado regidamente puro es centralizado y también existen Estado desconcentrado y descentralizado.
    Las diferencias de los estados Federales y los Estados Centralista están en que los primero concentra todo sus poder de decisión, a nivel de la cúpula que controla el poder Nacional en cambio, en el segundo el Ejercicios del poder a nivel local o estadal; esta limitado a llevar a cabo algunas decisiones o de atender algunos servicios como: vialidad urbana acueducto Educación Básica seguridad y orden publico bajo el Régimen de una constitución Estadal, y una leyes estadales según el escritor la iniciativa de la provincia de Bolivia; de ninguna manera constituye el rompimiento de la unidad Nacional que podría ocurrirse.
    Anónimo said...
    luis faneite.- Estado unitario(puro o concentrado, asi como desconcentrado o descentralizado):las decisiones estan concentradas en el nivel nacional.Delegando competencias mediante los instrumentos de la desconcentracion o la descentralizacion.
    Estado Autonomico: es aquel Edo` integrado por unidades territoriales con poder politico propio,con capacidad normativa,potestad legislativa,etc; pero lo mas relevante es la razon historica y politica democlratica.
    3.-Estado Federal: es aquel que surge de un pacto entre iguales o entidades politicas soberanas que deciden unirse.
    Las diferencias de los estados Federales y los Estados Centralista están en que los primero concentra todo sus poder de decisión, a nivel de la cúpula que controla el poder Nacional en cambio, en el segundo el Ejercicios del poder a nivel local o estadal; esta limitado a llevar a cabo algunas decisiones que pudieran funcionar con mejor eficiencia y eficacia bajo el Régimen de una constitución Estadal, y una leyes estadales y municipales por tal razon la iniciativa de la provincia de Bolivia; de ninguna manera constituye el rompimiento de la unidad Nacional
    USAMA EL KATIB said...
    hola profe estuve en la uni hasta 2.55pm y me fui de urgencia y me dijieron q llego despues me devolvi a la 3.40 y se habia ido como asemo digame q necesito punto urgente por fa

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Seis millones de historias...

01 de febrero de 2010

La articulista del diario El Universal Carolina Jaimes Branger publica un artículo sobre una visita a la ciudad santa de Jerusalem, esa visita despierta en ella reflexiones que merecen ser leidas con atención. El Holocausto (la muerte de seis millones de jdios en la segunda guerra mundial) es un acontecimiento que la humanida no puede olvidar. Los invito a leer este interesante artículo en:







http://opinion.eluniversal.com/2010/02/01/opi_art_seis-millones-de-his_1741410.shtml